| 1 |
Cuando
existe Violencia de Género, las intervenciones de
las instituciones públicas deben ir dirigidas a proteger
y apoyar a los hijos e hijas y al progenitor no-violento.
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| 2 |
Las
políticas de la RED han de ir encaminadas no sólo
a paliar la violencia ya asentada y la atención de
aspectos unicasuales sino incidir activamente para que la
urgencia y la profesionalización no eclipsen el cambio
social imprescindible para la consolidación y eficacia
de las políticas preventivas. |
| 3 |
La
RED se constituye como parte de un proceso de incorporación
de la perspectiva de género a todas las políticas,
en todos los niveles y en todas las etapas. |
| 4 |
Las
mujeres tienen derecho a que se les garantice su integridad
bio-sicosocial. |
| 5 |
La
búsqueda de la seguridad para la mujer y sus hijos
e hijas debe ser una parte esencial de la intervención
que garantice a su vez la recuperación integral.
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| 6 |
Ninguna
mujer debe ser instada a permanecer en una situación
peligrosa o violenta. |
| 7 |
Todos
los municipios adscritos a la RED asumen que la intervención,
para ser efectiva, debe incluir simultáneamente asesoramiento
legal, asistencia psicológica especializada, apoyo
social, protección y atención integral en
(o a través de) centros especializados que le garantice
en un futuro el derecho a vivir segura y de manera independiente.
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| 8 |
Los
Gobiernos Locales se comprometen a presupuestar partidas
destinadas a garantizar las necesidades básicas de
las mujeres maltratadas. |
| 9 |
Las
Instituciones Municipales deben apoyar la creación
de Centros de Encuentro que garanticen la seguridad de los
niños y de las niñas, y eviten el riesgo y
la manipulación que el régimen de visitas
puedan suponer para las mujeres y sus hijos /as por parte
del agresor. Las mujeres que padecen violencia de género
requieren actuaciones diferentes a las que se utilizan en
los casos donde ésta no existe, por consiguiente,
dada la peligrosidad del agresor (tanto para la mujer como
para los menores) debe cuidarse especialmente el establecimiento
del régimen de visitas. |
| 10 |
La
meta de las acciones de la RED debe de ser cuidar simultáneamente
a las víctimas adultas y a las niñas y los
niños. Detrás de una mujer maltratada hay
infancia maltratada; por lo tanto la recuperación
de la infancia pasa por la previa recuperación de
la madre y su seguridad depende de la seguridad de ésta.
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| 11 |
Las
terapias de pareja o de familia y la mediación familiar
están contraindicadas en los casos en los que exista
cualquier tipo de violencia. (Schechter y Gary, 1992). |
| 12 |
La
RED impulsará la colaboración con todos[1]
los servicios de atención primaria para mejorar la
respuesta a la Violencia de Género[2].
Todos y todas las/os profesionales de atención
directa en el ámbito local, deben incorporarse a
los procesos de detección temprana de situaciones
de violencia y unirse coordinadamente a los grupos de profesionales
y expertos de la RED que formen parte de las comisiones
de seguimiento. |
| 13 |
Es
premisa imprescindible el mantenimiento de la responsabilidad
de los agresores en la autoría de sus actos violentos.
Se huirá de todo comportamiento que minimice, fundamente
o justifique los actos violentos.
El maltrato, sin perjuicio de sus consecuencias en el plano
del Derecho Civil, no puede dejar de enmarcarse en el ámbito
penal que le corresponde por su carácter delictual. |
| 14 |
La
RED fomentará políticas encaminadas a la implicación
de los varones en la erradicación de la violencia
de género, bajo la premisa de la modificación
de aquellas costumbres y acciones socializadoras que fomenten
la trasmisión y consolidación de los privilegios
masculinos. |
| 15 |
La
Red de Ciudades contra la Violencia de Género exige
a la Comunidad Autónoma y al Estado el cumplimiento
de sus obligaciones respecto a los Ayuntamientos. En la
misma medida los Gobiernos Municipales se comprometen a
utilizar estos recursos financieros recibidos para garantizar
las acciones precisas que erradiquen la Violencia de Género.
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| 16 |
La Red de Ciudades contra la Violencia de Género
exige las modificaciones legislativas encaminadas a eliminar
los obstáculos creados por la dispersión de
las normas. En esa medida apoya cuantas iniciativas intenten
poner fin a la ineficacia de la actual situación
con especial interés en las disposiciones legislativas
que incorporen un enfoque integral. |
| 17 |
Los
municipios adscritos a la RED se comprometen a fomentar
el uso de un Multi-protocolo conjunto. |
| 18 |
Los
municipios adscritos a la RED se comprometen a promover
el uso compartido (bajo criterios comunes) de herramientas
informáticas y estadísticas para la recepción
de datos, incluyendo en cada área las características
que puedan serles propias según sus competencias. |
| 19 |
Igualmente
se comprometen a diseñar y compartir los indicadores
de evaluación necesarios para el control, que garanticen
la eficacia objetiva y obtenga indicaciones que puedan sugerir
las metodológias y técnicas convenientes para
fomentar el uso de instrumentos útiles. |
| 20 |
Los
municipios adscritos a la RED se comprometen a fomentar
convenios que faciliten el uso compartido de recursos y
de experiencias que refuercen la seguridad de las mujeres
que así lo reclamen.
Los municipios adscritos a la RED se comprometen a realizar
materiales publicitarios y formativos que fomenten la compresión
de la problemática con adecuación a diferentes
edades y momentos del problema. |